8 de noviembre de 2024
Suplemento sobre "Aplicación por el Juez del derecho no invocado"
La Secretaría de Jurisprudencia elaboró un documento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.
La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte elaboró un suplemento titulado “Iura novit curia: Aplicación por el Juez del derecho no invocado", en el que compila los pronunciamientos más relevantes del Tribunal sobre la materia.
Allí se recuerda que el Máximo Tribunal ha dicho que “la aplicación por parte del juez de normas o principios jurídicos no invocados por las partes, sin alterar los hechos en que la acción se funda, no comporta agravio constitucional”.
A través de numerosos precedentes, la Corte ha sostenido como regla que “el principio iuria novit curia faculta al juzgador a discurrir los conflictos litigiosos y dirimirlos según el derecho vigente, calificando la realidad fáctica y subsumiéndola en las normas que la rigen con prescindencia de los fundamentos jurídicos que invoquen las partes”, explica la publicación.
Descargar Iura novit curia: Aplicación por el Juez del derecho no invocado